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DR. LUIS CIPRÉS CASASNOVAS MIEMBRO DEL COMITÉ PERMANENTE DE MÉDICOS EUROPEOS. COMISIóN DE ÉTICA
Y DEONTOLOGÍA MÉDICA
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Algunos
hechos recientes ponen de nuevo en el candelero la siempre actual cuestión
del aborto. Opiniones escritas y comentarios escuchados coincidiendo con el
reciente debate y rechazo, por el Congreso de los Diputados del Proyecto de
Ley de Despenalización del aborto en el cuarto supuesto (cuando el embarazo
suponga a la madre un conflicto personal, familiar o social de gravedad en
las doce primeras semanas de gestación) me han vuelto a alertar del peligro
de que por motivos ideológicos se intenten tergiversar o manipular verdades
científicas bien demostradas. Me refiero al hecho de la certeza biológica
del momento en que comienza la vida humana.
En
esta fase precoz del desarrollo el embrión recibe el nombre de zigoto. El
zigoto posee ya un genoma específicamente humano. Se encuentra en trance de
convertirse en un individuo desarrollado, bajo las circunstancias adecuadas
que constituyen sus condiciones de posibilidad. Ya no hay que añadir nada
constitutiva mente esencial para el completo desarrollo humano. Cada
fase del desarrollo conduce sin solución de continuidad a la siguiente. No
hay ningún momento del desarrollo en el que pudiera decirse: aquí se
convierte el embrión en individuo (continuidad del desarrollo). Al
final del segundo mes de gestación, el embrión mide 3 cm. Ha desarrollado
ya todos sus rasgos que aparecen como rasgos humanos. Así,
de la investigación embriológica acerca de la gestación humana, se deduce
que el embrión presenta una vida humana desde la fecundación y tiene la
posibilidad de desplegar plenamente esa vida humana si le son ofrecidas para
ello las condiciones necesarias en su entorno. Siendo
la realidad científica como resumidamente he expuesto, es obvio que este
llamado cuarto supuesto, recientemente votado en nuestro Parlamento, hubiera
supuesto la licencia legal para acabar con muchas vidas casi con la sola
premisa de que la subjetividad de la madre determinara como grave un
conflicto personal, familiar o social. Hubiera
sido la subjetividad de la mujer ‑en circunstancias personales difíciles‑
la que decide sobre lo insoportable de llevar a término el embarazo, la que
determina la intensidad del trastorno afectivo, laboral, relaciona¡ que
padece. ¿Y el feto, ‑vida humana completa pendiente de
desarrollo‑? ¿Dónde están sus derechos? ¿Quién los defiende y
protege? Pues se le considera un inexistente legal y biológico, un objeto
sin derechos que se puede pisotear y aplastar cuando nos venga en gana. Objeción
de conciencia Para
el médico, si este supuesto se hubiera aprobado, la decisión de la madre
le hubiera acarreado la posibilidad de tener que ejecutar una decisión que
él no ha tomado y en cuya justificación no entra o incluso está en
desacuerdo. Hubiera
sido una situación verdaderamente esquizofrénica para el profesional:
tener la autorización legal o el mandato de la empresa para actuar técnicamente
sin asumir la responsabilidad ética de sus actos. Se hubiera modificado así
profundamente la unidad deontológica que debe presidir el actuar médico. Bien
es verdad que, ante este peligro, afortunadamente, la Ley es clara y rotunda
a la hora de salvaguardar la objeción de conciencia del médico. Al amparo
de nuestra Constitución y del Artículo 27 del Código de Ética y
Deontología Médica la Audiencia Nacional en Sentencia del 9 de febrero de
1998 ha dictaminado eximiendo al que se acoge a dicha objeción, no sólo de
la práctica material de los hechos que conduzcan al aborto, sino también
de cualquier actuación que suponga un acto de cooperación necesaria para
que tales interrupciones del embarazo tengan lugar (Sentencia de la
Audiencia Nacional de 9 de febrero de 1998). Píldora
abortiva También
recientemente los medios de comunicación han divulgado la noticia de que la
droga antiprogesteronamifepristone (RU 486) se utilizará en España como
abortivo. Esta sustancia, que no ha tenido ni tendrá nunca una existencia
pacífica, fue desarrollada en 1980 por un equipo científico del Centro de
Investigaciones Russell‑Uclaf (Romainville ‑ Francia) dirigido
por Etienne Baufleu, francés, y Marc Bygdeman, sueco. Fue presentada en
1982 en el VIII Internacional Congres of Fharmacology (Tokyo) como potente
antiglucocorticoide y eficaz antiprogesterona. Farmacológicamente es un
19‑noresteroide con una alta afinidad por los receptores de los
glucocorticoides y de progesterona (cinco veces más que la propia
Los
que creemos firmemente en el ser humano y en el respeto a la vida rechazamos
con particular energía la RU, no sólo porque sea abortiva, sino porque
abre el camino a la banalización del aborto y anestesia la sensibilidad
personal y social. Es un paso más para convertir un asesinato en una rutina
sin dimensión psicológica ni responsabilidad ética. Si el aborto quirúrgico
representa un evento personal más o menos teñido de dramatismo y tensión,
el aborto farmacológico quiere llegar a ser algo más irrelevante: unas
pastillas para "recuperar la falta de menstruación". En la
oposición a la RU no estamos solos los que defendemos la vida y la
conciencia personal y social, sino que un amplio sector feminista ha atacado
la píldora abortiva. Todos los argumentos con que se había querido
promocionar a la RU, presentándola como la pastilla cómoda e inocua para
abortar, han sido desmontados por esas mujeres. Dicen, y no les falta razón,
que la RU es un bodrio: resulta que lo que iba a ser el aborto
desmedicalizado, exige mayor supervisión médica; resulta que la promesa de
aborto privado en casa exige tres o cuatro visitas, con sus esperas, a veces
largas, a un centro oficial autorizado; resulta que lo anunciado como el
aborto libre implica ingerir unas pastillas delante de testigos y someterse
a ecografías vaginales de control y pasarse 48 horas con dolor abdominal y,
a veces, sangrar más de lo deseable. Para remate, se encuentran que, lo que
iba a ser barato, resulta más caro. Además, el aborto con RU, con su
pesada carga tecnológica y su nada despreciable tasa de complicaciones no
sirve para las mujeres del Tercer Mundo ni para las que tienen más de 35 años.
En conclusión, y muy feminísticamente, dicen que sean los hombres quienes
se traguen la RU. Pero
es que, por si todo lo dicho resultara insuficiente, el 24 de junio de 1998
la Cámara de Representantes de EE UU, a propuesta del legislador
republicano Tom Coburn, votó en
contra de que la prestigiosa F.D.A. (Food and Drug Administration) pueda
aprobar la píldora abortiva RU-486. La decisión también incluye la
prohibición de que la FDA pueda dedicar fondos federales para cualquier
regulación o aprobación de la píldora.
Respeto
el pluralismo y la libertad de todos, pero no puedo permanecer indiferente
si a la grave herida para la humanidad que es el aborto se le pretende
aplicar la anestesia para la conciencia que supone la RU-486. Documento extraído de la Revista del Consejo General. de Colegios Médicos de España, nº 60 .Oct.1998 |
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