La píldora abortiva RU-486

  

DR. LUIS CIPRÉS CASASNOVAS

MIEMBRO DEL COMITÉ PERMANENTE DE MÉDICOS EUROPEOS. COMISIóN DE ÉTICA Y DEONTOLOGÍA MÉDICA




Algunos hechos recientes ponen de nuevo en el candelero la siempre actual cuestión del aborto. Opiniones escritas y comentarios escuchados coincidiendo con el reciente debate y rechazo, por el Congreso de los Diputados del Proyecto de Ley de Despenalización del aborto en el cuarto supuesto (cuando el embarazo suponga a la madre un conflicto personal, familiar o social de gravedad en las doce primeras semanas de gestación) me han vuelto a alertar del peligro de que por motivos ideológicos se intenten tergiversar o manipular verdades científicas bien demostradas. Me refiero al hecho de la certeza biológica del momento en que comienza la vida humana.

Dr. Bygdeman, creador de la RU-486, junto a Etienne BaulieuHoy en día, la comunidad científica es unánime al afirmar que la vida humana, con toda su potencialidad inscrita en el código genético (ADN), comienza en el justo momento en que al unirse las dos mitades genéticas que son el óvulo y el espermatozoide forman una nueva célula con la carga genética al completo y con toda la capacidad para convertirse en feto, niño, adulto.

En esta fase precoz del desarrollo el embrión recibe el nombre de zigoto. El zigoto posee ya un genoma específicamente humano. Se encuentra en trance de convertirse en un individuo desarrollado, bajo las circunstancias adecuadas que constituyen sus condiciones de posibilidad. Ya no hay que añadir nada constitutiva mente esencial para el completo desarrollo humano.

Cada fase del desarrollo conduce sin solución de continuidad a la siguiente. No hay ningún momento del desarrollo en el que pudiera decirse: aquí se convierte el embrión en individuo (continuidad del desarrollo).

Al final del segundo mes de gestación, el embrión mide 3 cm. Ha desarrollado ya todos sus rasgos que aparecen como rasgos humanos.

Así, de la investigación embriológica acerca de la gestación humana, se deduce que el embrión presenta una vida humana desde la fecundación y tiene la posibilidad de desplegar plenamente esa vida humana si le son ofrecidas para ello las condiciones necesarias en su entorno.

Siendo la realidad científica como resumidamente he expuesto, es obvio que este llamado cuarto supuesto, recientemente votado en nuestro Parlamento, hubiera supuesto la licencia legal para acabar con muchas vidas casi con la sola premisa de que la subjetividad de la madre determinara como grave un conflicto personal, familiar o social.

Hubiera sido la subjetividad de la mujer ‑en circunstancias personales difíciles‑ la que decide sobre lo insoportable de llevar a término el embarazo, la que determina la intensidad del trastorno afectivo, laboral, relaciona¡ que padece. ¿Y el feto, ‑vida humana completa pendiente de desarrollo‑? ¿Dónde están sus derechos? ¿Quién los defiende y protege? Pues se le considera un inexistente legal y biológico, un objeto sin derechos que se puede pisotear y aplastar cuando nos venga en gana.

Objeción de conciencia

Para el médico, si este supuesto se hubiera aprobado, la decisión de la madre le hubiera acarreado la posibilidad de tener que ejecutar una decisión que él no ha tomado y en cuya justificación no entra o incluso está en desacuerdo.

Hubiera sido una situación verdaderamente esquizofrénica para el profesional: tener la autorización legal o el mandato de la empresa para actuar técnicamente sin asumir la responsabilidad ética de sus actos. Se hubiera modificado así profundamente la unidad deontológica que debe presidir el actuar médico.

Bien es verdad que, ante este peligro, afortunadamente, la Ley es clara y rotunda a la hora de salvaguardar la objeción de conciencia del médico. Al amparo de nuestra Constitución y del Artículo 27 del Código de Ética y Deontología Médica la Audiencia Nacional en Sentencia del 9 de febrero de 1998 ha dictaminado eximiendo al que se acoge a dicha objeción, no sólo de la práctica material de los hechos que conduzcan al aborto, sino también de cualquier actuación que suponga un acto de cooperación necesaria para que tales interrupciones del embarazo tengan lugar (Sentencia de la Audiencia Nacional de 9 de febrero de 1998).

Píldora abortiva

También recientemente los medios de comunicación han divulgado la noticia de que la droga antiprogesteronamifepristone (RU 486) se utilizará en España como abortivo. Esta sustancia, que no ha tenido ni tendrá nunca una existencia pacífica, fue desarrollada en 1980 por un equipo científico del Centro de Investigaciones Russell‑Uclaf (Romainville ‑ Francia) dirigido por Etienne Baufleu, francés, y Marc Bygdeman, sueco. Fue presentada en 1982 en el VIII Internacional Congres of Fharmacology (Tokyo) como potente antiglucocorticoide y eficaz antiprogesterona. Farmacológicamente es un 19‑noresteroide con una alta afinidad por los receptores de los glucocorticoides y de progesterona (cinco veces más que la propia progesterona). Y es esta última característica, antagonista de la progesterona, por unirse competitivamente a sus receptores específicos, la que le hace tener efecto abortivo precoz. La progesterona es clave en las fases tempranas de la gestación para mantener e endometrio, de hecho, en caso de embarazo la decidua tiene una alta concentración de receptores para la progesterona, con lo cual es el órgano diana perfecto para la RU 486 que impide el efecto de la progesterona. Las alteraciones que produce la RU en el endometrio son rápidas: lesiona el endotelio vascular e incrementa la producción de prostaglandinas, con lo cual el embrión se ve privado de su fuente de alimentación y muere. Coincidí en 1991 con Etienne Baulieu en un acto científico y, en esa ocasión, aunque pude estar con él algunas horas, dedicó la mayor parte del tiempo a la justificación moral (que no se le pedía) del uso de la RU. Quizás necesitaba justificar su conducta o tranquilizar su conciencia o ambas cosas a la vez. Tal vez por lo mismo su insistencia en no hablar de aborto e inventar un nuevo término "contragestación" con el propósito de que nadie sienta remordimientos por la nueva vida destruida y también, y esto es más sutil, para ir difuminando fronteras entre la RU (abortivo precoz) y los contraceptivos. Lo que sí dejó bien claro en su intervención es que las células blanco de la RU 486 son las del endometrio fecundado y que la eficacia abortiva de la RU asociada a prostaglandinas es del 95%.  

Los que creemos firmemente en el ser humano y en el respeto a la vida rechazamos con particular energía la RU, no sólo porque sea abortiva, sino porque abre el camino a la banalización del aborto y anestesia la sensibilidad personal y social. Es un paso más para convertir un asesinato en una rutina sin dimensión psicológica ni responsabilidad ética. Si el aborto quirúrgico representa un evento personal más o menos teñido de dramatismo y tensión, el aborto farmacológico quiere llegar a ser algo más irrelevante: unas pastillas para "recuperar la falta de menstruación". En la oposición a la RU no estamos solos los que defendemos la vida y la conciencia personal y social, sino que un amplio sector feminista ha atacado la píldora abortiva. Todos los argumentos con que se había querido promocionar a la RU, presentándola como la pastilla cómoda e inocua para abortar, han sido desmontados por esas mujeres. Dicen, y no les falta razón, que la RU es un bodrio: resulta que lo que iba a ser el aborto desmedicalizado, exige mayor supervisión médica; resulta que la promesa de aborto privado en casa exige tres o cuatro visitas, con sus esperas, a veces largas, a un centro oficial autorizado; resulta que lo anunciado como el aborto libre implica ingerir unas pastillas delante de testigos y someterse a ecografías vaginales de control y pasarse 48 horas con dolor abdominal y, a veces, sangrar más de lo deseable. Para remate, se encuentran que, lo que iba a ser barato, resulta más caro. Además, el aborto con RU, con su pesada carga tecnológica y su nada despreciable tasa de complicaciones no sirve para las mujeres del Tercer Mundo ni para las que tienen más de 35 años. En conclusión, y muy feminísticamente, dicen que sean los hombres quienes se traguen la RU.

Pero es que, por si todo lo dicho resultara insuficiente, el 24 de junio de 1998 la Cámara de Representantes de EE UU, a propuesta del legislador republicano Tom Coburn, votó en contra de que la prestigiosa F.D.A. (Food and Drug Administration) pueda aprobar la píldora abortiva RU-486. La decisión también incluye la prohibición de que la FDA pueda dedicar fondos federales para cualquier regulación o aprobación de la píldora.

Con todas estas premisas está claro que resulta difícil de entender que la Dirección General de Farmacia estudie la posibilidad de autorizar la RU en España. Si todos los gobiernos europeos están intentando controlar el gasto farmacéutico eliminando del Vademecum las listas de medicinas que ellos llaman de baja utilidad terapéutica, resulta contradictorio que se pretenda autorizar ahora un fármaco, que tiene 16 años, y que tantas dudas biológicas encierra y tanta conflictividad social provoca. ¿Seguimos, en España, yendo cuando casi todos ya están de vuelta?

Respeto el pluralismo y la libertad de todos, pero no puedo permanecer indiferente si a la grave herida para la humanidad que es el aborto se le pretende aplicar la anestesia para la conciencia que supone la RU-486.  

Documento extraído de la Revista del Consejo General. de Colegios Médicos de España, nº 60 .Oct.1998

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